Requisitos para entrar a mi perro o gato a Colombia

Requisitos para entrar a mi perro o gato a Colombia

INGRESO DE PERROS Y GATOS A COLOMBIA

Los animales de compañía se han convertido en miembros fundamentales de nuestra familia, por eso es cada vez más común que cuando se presenta un viaje, el propietario o cuidador del animal decide viajar con él y esta situación se presenta cuando hay un viaje por vacaciones, asuntos familiares o incluso permanencia definitiva por cambio de residencia. 

Los requisitos de cada país para permitir el ingreso de animales a su territorio son muy específicos y particulares para cada nación, te contaremos cuáles son los requisitos para ingresar a tu perro o gato a Colombia.

En cualquiera de los casos en muy importante que realices estos trámites con suficiente tiempo de antelación al viaje, pues cada uno de los pasos requiere un tiempo de respuesta de la entidad o profesional competente, además de la solicitud anticipada que debes realizar con tu aerolínea.

Visita nuestra página para encontrar la información completa acerca de viajar con un animal de compañía o mascota.


Paso 1

Registro del viajero y solicitud de inspección ante el ICA

 Los usuarios interesados en ingresar a Colombia con perros y gatos como equipaje acompañado o transportados  en la modalidad de carga, deberán realizar el siguiente proceso de registro con el fin de radicar su solicitud de inspección sanitaria y trámite respectivo del Certificado de Inspección Sanitaria (CIS) en Puertos, Aeropuertos o Pasos de Frontera (PAPF) de ingreso a Colombia:

  • Registrarse como usuario ICA a través del siguiente link: Clic aquí,  una vez diligenciado el formulario, recibirás a través de correo electrónico el usuario y contraseña de acceso al sistema; proceso que es requerido para iniciar  la solicitud  del CIS para autorizar el ingreso de tu mascota al país. Puede presentarse un error al momento de registrarse, si el sistema le arroja un mensaje en el que le indica que el usuario ya se encuentra registrado, debes ponerte en contacto a través de correo electrónico exponiendo tu a las siguientes direcciones: alex.lizarazo@ica.gov.co; hector.mora@ica.gov.co

  • Con el usuario y contraseña asignado, ingresar en el SISPAP (Sistema de Información sanitaria para importación y exportación de productos agrícolas y pecuarios) para realizar la solicitud del certificado de  inspección Sanitaria CIS, para el ingreso de mascotas (perros y/o gatos) a Colombia y hacer el pago en línea correspondiente. 

  • Si tienes una duda adicional con la solicitud de cita para obtener el CIS, puedes consultar el video instructivo del ICA.


 Notas:

  • En caso de viajar con animales de diferentes especies (perro y gato) deberás realizar solicitudes por cada una de ellas y consultar la normatividad vigente para animales exóticos.

  • En caso de viajar con 2 o más animales de la misma especie (perro o gato) podrás realizar una sola solicitud (hasta 10 animales por solicitud). Esto en el caso de que el objetivo sea la importación o exportación de animales con objeto de ser comercializados.

También puedes leer: ¿Qué debo saber para viajar con mi mascota?

Expedición del certificado

Una vez hecha la solicitud de inspección de manera virtual, efectuando el pago correspondiente, debes imprimir esta solicitud y verificar que cuentes con todos los documentos para presentarlos una vez llegues a Colombia.

Expedición del Certificado de Inspección Sanitaria

  • Inspección Documental 

Al momento del arribo a Colombia el propietario o tenedor de la mascota debe presentar al funcionario ICA del aeropuerto, puerto o paso de frontera la siguiente documentación:

    • Original del Certificado Sanitario:

Expedido o avalado por la entidad sanitaria oficial del país de origen (con sello y firma original o electrónica) con fecha de expedición no mayor a diez (10) días calendario previo al ingreso de los animales a Colombia; en el cual se certifique:

      • Características del animal: Especie, raza, sexo, edad, color del pelaje y otras señas particulares.

      • Que el animal se encuentra libre de enfermedades infecto contagiosas   transmisibles y parasitarias

      • Que el animal ha recibido un tratamiento antiparasitario interno y externo, dentro de los 4 meses previos al viaje, con productos cuyo uso está debidamente autorizado en el país de origen, indicando: nombre del producto, principio activo y la fecha de administración del mismo.

      • Que el animal no presenta heridas frescas o en proceso de cicatrización y se encuentra en condiciones sanitarias aptas para ser transportado.

    • Certificación de vacunación vigente

El cual incluya nombre de la vacuna, número de lote, fecha de administración y fecha de vigencia; para las siguientes enfermedades:

      • Perros: Rabia, Enfermedad de Carré (Distemper), hepatitis canina, leptospirosis (canícola e icterohemorragiae), Parvovirus, Coronavirus, Parainfluenza. 

      • Gatos: Rabía, Panleucopenia felina.

Notas:

    • Si en el país de origen no hay disponibilidad de alguna vacuna o no corresponde a los planes sanitarios establecidos, no serán exigidas de manera obligatoria, salvo la vacunación de Rabia.   

    • Para animales vacunados por primera vez contra la rabia, ésta deberá haber sido aplicada con una antelación de mínimo 21 días a la fecha de llegada al país.

  • Presentar impresos la solicitud para la inspección y emisión del Certificado de  Inspección Sanitario CIS, junto al comprobante de pago, los cuales fue tramitados a traves del SISPAP.

    • Emisión del Certificado de Inspección Sanitaria (CIS)  

Para emitir el CIS el funcionario ICA verificará la información de la solicitud y procederá a realizar la revisión documental y la inspección física de la mascota. Si la inspección es satisfactoria, se emitirá el Certificado de Inspección Sanitaria (CIS)

Nota:

Si la inspección no es satisfactoria, se procederá a tomar una de las siguientes medidas sanitarias según el caso retención, cuarentena domiciliaria, reembarque, o sacrificio sanitario.


Cuarentena domiciliaria

  • Aplica para las mascotas que no cuenten con el certificado sanitario emitido o avalado por la entidad sanitaria oficial del país de origen, pero si presenten certificado de vacunas vigentes. 

  • El usuario debe cancelar el valor del seguimiento cuarentenario según Resolución de tarifas del ICA vigente.

  • El funcionario ICA procedera a diligenciar la forma  3-1291 (Apertura de cuarentena domiciliaria)

  • Consta de dos (2) controles oficiales por parte un funcionario del ICA

  • En caso que el usuario no acepte esta medida sanitaria los animales serán reembarcados al país de origen.

¡Recuerda que todas las mascotas, son de RAZA!


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